La Comisión de Tutela y Defensa Judicial de Adultos de la Comunidad Autónoma de Aragón, adscrita al Departamento competente en materia de Servicios Sociales, y dentro de éste en el Instituto Aragonés de Servicios Sociales, ejercerá la tutela, curatela y el cargo de defensor judicial de las personas mayores de edad incapacitadas legalmente cuando dichas funciones sean encomendadas a la Administración de la Comunidad Autónoma por la correspondiente resolución judicial en los términos señalados en la misma y con sujeción a la legislación civil aplicable.
La incapacitación puede definirse como aquella situación que se origina por causa de enfermedad o deficiencia persistente de carácter físico o psíquico, que impide a la persona gobernarse por sí misma.
La declaración de incapacidad compete al Juez de Primera Instancia del lugar en el que resida el presunto incapaz.