Adoptar en un país extranjero. Panamá
Requisitos legales
Legislación de referencia
- Código de la Familia de 1994
- Convención Interamericana sobre conflicto de leyes en materia de menores (Ley nº 105 de 30 de diciembre de 1998)
- Firma el Convenio de la Haya el 15-06-1999, lo ratifica el 29-9-1999 y entró en vigor el 1-1-2000.
- Ley nº 18 del 02-05-01 que modifica, subroga y adiciona artículos al Código de la Familia, sobre adopción y dicta otras disposiciones.
Requisitos adoptantes
- Aceptan solicitudes de matrimonios, parejas de hecho o personas solas. En caso de matrimonios se deberá acreditar una convivencia ininterrumpida por un periodo de dos años; en las uniones de hecho, deben acreditar cinco años consecutivos de convivencia.
- Edad: Ser mayor de 18 años y tener una diferencia de edad de al menos 15 años mayor que el adoptado.
- Tiempo de permanencia en el país: aproximadamente 30 días.
Requisitos adoptado
Pueden ser adoptados los menores de 18 años de edad, que se encuentren en alguna de las circunstancias siguientes:
- Huérfanos de padre y madre,
- menores de padres desconocidos,
- en estado de abandono,
- o que sus padres hayan consentido a la adopción.
Si el menor tiene 7 años o más,a éste será escuchado personalmente, para conocer su opinión.
Tipo de adopción
Forma de adopción
- Será autorizada por resolución judicial con la comparecencia personal de los intersados e intervención del Ministerio Público o del Defensor del Menor.
Efectos de la adopción
Procedimiento
Documentos del expediente
- Por los interesados
- Solicitud de los interesados al organismo competente.
- Certificado literal de nacimiento.
- Certificado literal de matrimonio o de unión de hecho.
- Certificado de penales.
- Certificado médico de buena salud física y mental.
- Constancia de trabajo con indicación del cargo, sueldo, antigüedad y beneficios sociales derivados de la relación laboral. En su defecto, será aceptada copia autenticada de las dos últimas declaraciones de renta o referencias bancarias.
- Una fotografía de cada uno en color y de su entorno.
- Carta de recomendación de 2 personas que no sean familiares.
- Copia íntegra del pasaporte.
- Por la Entidad Pública
- Informe psicológico.
- Informe social.
- Certificado de idoneidad.
- Compromiso de seguimiento.
- Certificado de haber recibido formación para padres adoptivos.
Organismo público competente
Ministerio de la juventud, la mujer, la niñez y la familia
Dirección Nacional de Adopciones
Edificio Avda. Edison
Avda. Ricardo J. Alfaro 4
EL DORADO (República de Panamá)
Tfno.:.00.507.279.0701/02
Fax: 00.507.279.0716/0664
Tramitación
Tramitación en España
- Admite la tramitación del expediente completo a través de la Entidad Pública o ECAI.
- Los documentos deben ir apostillados. No obstante el Juez puede solicitar cualquier tipo de informes o exámenes adicionales, en base al Art. 301 del Código de la Familia de Panamá.
- Preasignación : Cuando los solicitantes acepten al menor preasignado el Instituto Aragonés de Servicios Sociales deberá cumplimentar documento por el que se manifieste su acuerdo a la continuación del proceso de adopción, según lo establecido en el Art. 17.C del Convenio de la Haya.
Tramitación en el país
- Se requiere necesariamente la intervención de un abogado para la tramitación.
- Antes de salir del país los solicitantes deben solicitar a la Autoridad Central el certificado de que la adopción se ha constituido conforme al Convenio de la Haya (documento imprescindible para el reconocimiento de efectos de la resolución extranjera de adopción en el ámbito del Convenio).
- Las autoridades competentes para expedir este Certificado de conformidades el Tribunal Superior de Familia, o el Tribunal Superior de Menores, según sea el caso, como las Entidades Jurisdiccionales responsables legalmente establecidas en las normas de derecho interno.
Embajadas y consulados
Embajada en Madrid
C/ Claudio Coello, nº. 86-Bajo
Tfno.: 91/ 57 65 001
Horario: de 9 a 17 horas.
Seguimiento
- Durante 3 años a partir de la sentencia de adopción o con la periodicidad que determine el Juez.
ECAIS acreditadas en Panamá
PEQUES DEL GLOBO
C/ Dr. Cerrada, 12 - Bajo
50005 ZARAGOZA
Tfno.: 976/222 197
Fax: 976/ 232 541
Plaza Inmaculada nº. 1 BIS, Entresuelo dcha.
22003 HUESCA
Tfno.: 974/ 221 500
Observaciones: Panamá tramita adopciones internacionales sólo con países que formen parte del Convenio de La Haya de Adopción Internacional.