Adoptar en un país extranjero. Colombia
Requisitos legales
Legislación de referencia
- Firma del Protocolo de Coordinación con España el 13/11/95.
- Código del Menor, Decreto Ley 2737 de Noviembre 27 de 1989, en su Sección Quinta, Art. 88 a 128
- Resolución nº 1.267 de 5/07/1.994 por la que se establece procedimientos en materia de adopción.
- Análisis de la legislación de Colombia (Documento del Servicio Social Internacional 1.997)
- Firma el Convenio de la Haya el 1/09/93 y lo ratifica el 13/07/98, entrando en vigor el 1/11/98.
Requisitos adoptantes
- Edad: Haber cumplido 25 años de edad y tener 15 años más que el adoptado.
- Los solicitantes deben tener un máximo de 55 años.
- Estado Civil:
- Aceptan a casados.
- Aceptan a parejas de hecho con una convivencia mínima de 3 años.
- No aceptan a solicitantes solteros.
- Sexo y edad del menor: Los solicitantes no pueden elegir ni el sexo ni la edad del menor a adoptar.
- Permanencia en el país: aproximadamente de 20 a 30 días.
Requisitos adoptado
Haber sido declarado en abandono, que sus padres consientan la adopción, o hayan sido privados de la patria potestad.
Criterios técnicos de selección del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - I.C.B.F.
- Tienen Prioridad:
- Las parejas que carecen de hijos.
- Las que teniendo un hijo biológico, desean un 2º hijo adoptivo.
- Las que soliciten niños con necesidades especiales (mayores de 7 años, grupos hermanos, con deficiencia).
- Las parejas con 3 o más años de convivencia.
- Intervalos de edad:
- Solicitantes entre 25-35 años: niños de 0 a 3 años.
- Solicitantes entre 36-44 años: niños de 3 a 6 años.
- Solicitantes entre 45-55 años: niños mayores de 7 años.
- Según los intervalos de edad anteriores correspondiente a los solicitantes, cuando éstos solicitan hermanos se le asignan niños de hasta 2 años más de la edad comprendida en la distribución anterior.
- Cuando existe gran diferencia de edad entre la pareja se tiene en cuenta la de la mujer aunque se promedia con el hombre.
- Si la mujer es mayor que el hombre se le asigna un niño más pequeño pero de sexo masculino.
- Para los solicitantes de una segunda adopción, aunque por edad le corresponda un niño mayor, se le asignará un niño de un año menor del primogénito.
- Si la pareja solicita adopción cuando tiene un hijo biológico se intenta que no haya mucha diferencia de edad entre ambos, al objeto de establecer una relación fraternal.
Tipos de adopción
Forma de adopción
Efectos de la adopción
Procedimiento
Documentos del expediente
- Por los interesados
- Solicitud al I.C.B.F. según modelo colombiano.
- Certificados literales de nacimiento
- Certificado literal de matrimonio. En caso de parejas de hecho acta notarial o certificado del Registro de Parejas de la Diputación General de Aragón, que justifique la convivencia de, al menos, 3 años.
- Certificado de salud física y mental; es imprescindible que conste en el certificado la valoración médica sobre la salud mental.
- Certificado de penales.
- Certificado de solvencia económica.
- Certificado de requisitos de entrada del menor en España.
- Fotografía de los solicitantes, de familia y entorno.
- Fotografías tamaño carnet de cada solicitante.
- Certificado de nacimiento de los hijos de los solicitantes, si los hubiera.
- En caso de tener un hijo adoptado, certificado de nacionalización del mismo. (Extracto de la partida de nacimiento del menor inscrita en el Registro Civil Central)
- Poder debidamente otorgado al presentar la solicitud mediante abogado.
- El divorcio deberá acreditarse mediante certificado expedido en el Registro Civil, en el que conste la inscripción de la sentencia de divorcio por la que se pone fin al matrimonio anterior.
- Por la Entidad Pública
- Informe Psicológico.
- Informe Social.
- Compromiso de Seguimiento.
- Certificado de Idoneidad.
- Compromiso de seguimiento
Organismo público competente
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (I.C.B.F.)
Subdirección de Intervenciones Especializadas.
Avda. 68, Calle 64-01, Oficina 201.
Apdo. Aéreo 18116.
SANTA FE DE BOGOTA (COLOMBIA).
Tfno:00-571-250.86.45/77 // 00-571.250.66.00 Ext. 1301/1302.
Fax: 00-571-225.29.62
Tramitación
Tramitación en España
- Se puede tramitar el expediente completo a través de la Entidad Pública o a través de las ECAIS acreditadas en Aragón.
- Todos los documentos deberán ir apostillados.
- En Colombia se puede tramitar, de forma gratuita, los expedientes a través del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o de las Casas de Adopción o de las Casas de Adopción(Entes privados autorizados por el I.C.B.F.), pero en cualquiera de los casos el envío del expediente se hará al I.C.B.F., haciendo constar, cuando corresponda, el nombre de la Casa de Adopción, para su traslado.
Preasignación: Cuando los solicitantes acepten al menor preasignado el Instituto Aragonés de Servicios Sociales deberá elaborar documento por el que manifieste su acuerdo a la continuación del procedimiento de adopción según lo establecido en el Art. 17.C del Convenio de la Haya.
Tramitación en el país
Antes de salir del país los solicitantes deben solicitar a la Autoridad Central el certificado de que la adopción se ha constituido conforme al Convenio de la Haya (documento imprescindible para el reconocimiento de efectos de la resolución extranjera de adopción en el ámbito del Convenio).
Embajadas y consulados
Embajada de Colombia en España
C/ General Martínez Campos, 48.
28010 MADRID.
Tfno.: 91-700 47 70.
Fax: 91 310 28 69
Embajada de España en Santa Fe de Bogotá
C/ Calle 92, nº 12-68.-Bogotá. Apartado Aéreo: 90355.
Teléfono 635 02 18 y 622 00 90.
Teléfono Asuntos Culturales: 22 00 81
Consulado en Santa Fe de Bogotá
Calle 92, nº 12-68.- Bogotá.
Teléfono: 642 21 00.
Fax: 623 01 21
Correo electrónico: embespco@correo.mae.es
Seguimiento
Durante un año con una periodicidad cuatrimestral (total de informes: 3).
- Los informes de seguimiento del menor serán remitidos a la Regional del I.C.B.F. que corresponda.
- La inscripción en el Registro Civil español del menor, deberá comunicarse al I.C.B.F.
ECAIS acreditadas
ASEFA (Asociación Española de Atención y Apoyo a Familia y Adopción)
Dirección en Zaragoza: Francisco Vitoria, 21-esc. dcha. 5º C
50008 ZARAGOZA
Tfno.: 976/233184.
Fax: 976/231491
Dirección Central: C/ Francisco de Ricchi, 7-2º B
28015 MADRID
Tfno.: 91/5423051
ADECOP (Asociación colaboradora de adopción internacional)
Dirección en Zaragoza: Tenor Fleta, 53-6º-1ª
50005 ZARAGOZA
Tfno.: 976/590358.
Fax: 976/590358
Dirección Central: C/ Portugal, 27-4º c
03003 ALICANTE
Tfno.: 902/100017
Observaciones
- Existe una buena coordinación y los expedientes se resuelven sin demasiados problemas.
- Las listas de espera para niños menores de 6 años son de 2 años aproximadamente, tanto en el I.C.B.F. como en las Casas de Adopción.